miércoles, 2 de septiembre de 2009

El TSJC anula todas las calificaciones decretadas por Política Territorial de Lanzarote



El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha declarado nulos de pleno derecho todos los decretos emitidos por la Consejería de Política Territorial del Cabildo de Lanzarote sobre resoluciones de calificaciones territoriales "por incompetencia manifiesta".

La Sala de lo Contencioso aceptó un recurso de un industrial lanzaroteño que formuló un recurso contra el Cabildo de Lanzarote, que denegó en junio del 2005 la autorización y calificación territorial para construir un almacén agrícola en el municipio de Tías.

Los magistrados habían puesto ya de manifiesto en una providencia del pasado mes de noviembre como posible "motivo relevante para el fallo distinto de los alegados en el proceso la posible nulidad radical" del decreto cuestionado en ese proceso al entender que concurría "causa de incompetencia manifiesta del órgano".

El fallo de la sección segunda de la Sala de lo Contencioso del TSJC, notificado el pasado mes de julio, analiza en profundidad la Ley de Ordenación del Territorio de Canarias (hoy Texto Refundido), que establece en su artículo 14.3 que son instrumentos de ordenación del territorio: los planes territoriales de ordenación, los proyectos de actuación territorial y las clasificaciones territoriales.

La Sala sentencia en sus fundamentos jurídicos que "puede decirse que estamos ante una de esas llamadas por un sector de la doctrina normas singularizadas, que aunque tienen un destinatario determinado, sin embargo, en cuanto ultima el régimen del suelo rústico, tiene un cierto componente de innovación, que se deduce de esa función de ordenación particularizada, concreta y mínima en cuanto limitada por el régimen de categorización y usos del suelo rústico que establece el planeamiento, pero actividad, al fin y a cabo, de ordenación".

Fuentes jurídicas han señalado a EFE que esta sentencia es de enorme calado y que afectará, por el llamado principio jurídico, a todas las licencias de construcciones en suelo rústico en Lanzarote que, amparándose en las calificaciones territoriales otorgadas en estos últimos años por el consejero de Política Territorial o la presidencia del Cabildo de Lanzarote, son nulas al quedar declarado en sentencia que "se produce una clara y manifiesta falta de competencia por razón de la materia en una doble perspectiva".

"Al resolver un órgano incompetente, el consejero de Política Territorial, y hacerlo por delegación de un órgano también incompetente, el presidente del Cabildo, que, además, delegaba una competencia indelegable".

A modo de ejemplo, las fuentes citaron que obras públicas como la del nuevo centro penitenciario de Tahíche, el Centro Medio Ambiental de Zonzamas, las estaciones del Sive para el control de la inmigración ilegal, la residencia de los discapacitados psíquicos en Teguise, o el centro de Residuos en La Graciosa, entre otras, podrían tomarse como ilegales al ser declarado incompetente el órgano que otorgó la correspondiente calificación territorial.

La sentencia, que tiene como antecedentes otra anterior que afectaba a obras en suelo rústico en Gran Canaria, obligará al Gobierno de Canarias a revisar las sanciones que tienen cerca de cien familias, al menos en Lanzarote, por construir en suelo rústico con autorizaciones negativas emitidas por el consejero o la Presidencia del Cabildo de la isla.

Fuentes jurídicas señalaron que, igualmente, abrirá la vía para las reclamaciones patrimoniales a quienes en una autorización positiva pudieron desarrollar sus obras.

Cuando se inició el proceso judicial que ha dado origen a esta sentencia judicial, entre los años 2005 y 2007, el cargo de consejero de Política Territorial de Lanzarote fue ejercido por Carlos Espino, actual secretario general del PSOE en la Isla.

Desde 2007, las competencias de Política Territorial del Cabildo de Lanzarote fueron asumidas directamente por la Presidencia de la corporación.

Fuente: EFE; http://canarias24horas.com y elaboración propia.

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