jueves, 29 de julio de 2010

El Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, convoca la concesión de ayudas al desarrollo tecnológico pesquero


 La Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado, establece, en su artículo 3, como fin de la misma, la mejora de las condiciones en que se realiza la actividad pesquera y el nivel de vida de los pescadores, la potenciación del desarrollo de empresas competitivas y económicamente viables, facilitando su adaptación a los mercados y el fomento de las estructuras productivas de los sectores extractivo, comercializador y transformador.


 Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las organizaciones de productores pesqueros, las cofradías de pescadores, las asociaciones empresariales cuya actividad principal esté vinculada a la gestión, explotación o conservación de los recursos naturales vivos o del medio ambiente marino, incluyendo la transformación y la comercialización de los productos de la pesca entre otros.
 


Más información completa en: BOE Núm 182, del miércoles 28 de julio de 2010, Sec III. Pág. 66025.

Fuente: Elaboración propia a base del BOE.


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